¿Qué es la mediación?

La Ley N.º 1879/2002 de Arbitraje y Mediación, en su art. 53, define la Mediación como el mecanismo voluntario orientado a la resolución de conflictos, a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución amistosa de sus diferencias con la asistencia de un tercero neutral y calificado denominado mediador.

La mediación puede ser judicial o extrajudicial

En la mediación judicial, los juzgados de primera instancia pueden remitir los casos, que de acuerdo a su naturaleza pueden ser conciliados, a la oficina de mediación del Poder Judicial a efectos de intentar un acuerdo entre las partes y así evitar o abreviar el proceso judicial.

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En la mediación extrajudicial, se puede intentar una mediación antes de que el caso se convierta en un caso judicial. El interesado podrá solicitar el servicio de mediación por sí mismo, en compañía de un abogado, o a través del Ministerio de la Defensa Pública, Ministerio Público o CODENI en su caso, en las distintas oficinas que conforman la Dirección de Mediación en todas las circunscripciones judiciales del país. Al solicitar el servicio de mediación, se debe presentar fotocopia del documento de identidad del solicitante. Además, es importante recordar que este proceso de mediación también puede aplicarse en otros contextos legales, como en la regulación de asuntos relacionados con un casino virtual con mercado pago.